Si vas a vender o alquilar en Cataluña un inmueble construido antes de 2002, desde el 3 de octubre de 2026 tienes que entregar al comprador o al inquilino un certificado de presencia o ausencia de amianto. Lo establece la Ley 8/2026, de 2 de julio, de erradicación del amianto. Te explicamos qué es, quién lo emite y cómo prepararlo sin frenar tu venta.
1. Qué es el certificado de amianto
Es un documento que informa de si en el inmueble hay, o no, materiales que contienen amianto visible, del estado de conservación de esos materiales y del riesgo que pueden suponer para las personas. Nace de la Ley 8/2026, vigente con carácter general desde el 3 de octubre de 2026. El amianto se prohibió en la construcción en España en 2002 (Orden de 7 de diciembre de 2001), y por eso la obligación se centra en los inmuebles anteriores a ese año.
2. A qué inmuebles afecta
- A la venta y al alquiler en Cataluña de inmuebles anteriores a 2002: pisos, casas, locales, oficinas o plazas de aparcamiento.
- Si vendes una vivienda dentro de un edificio, el certificado se refiere solo a tu vivienda, no al edificio completo.
- Si el inmueble es de 2002 o posterior, en principio no es exigible, porque desde entonces no pudieron comercializarse materiales con amianto.
- Las donaciones y herencias quedan, en principio, fuera. En permutas y otros negocios onerosos, el criterio prudente del Colegio Notarial de Cataluña es prepararlo también mientras no salga el reglamento.
3. Quién lo emite y cómo se obtiene
Lo firma un técnico después de una inspección visual presencial del inmueble. Mientras se aprueba el reglamento que fijará la competencia definitiva, la Agència de Residus de Catalunya (ARC) admite que lo emitan los profesionales de la Ley de Ordenación de la Edificación: arquitectos, arquitectos técnicos, ingenieros e ingenieros técnicos, según sus competencias.
La ARC ofrece en su web un modelo básico de certificado. Ten en cuenta que la inspección es solo visual, sin toma de muestras ni análisis de laboratorio, y se limita a lo visible y accesible: no descarta materiales ocultos.
4. Qué pasa si el certificado detecta amianto
No impide vender ni alquilar. El certificado es informativo: describe la presencia, el estado y el riesgo. Si detecta amianto, el comprador lo conoce antes de firmar y el Registro de la Propiedad lo hará constar con una nota marginal al inscribir la transmisión; si no hay amianto, no consta nada. La ley crea además un fondo y prevé ayudas para la retirada, un censo catalán de materiales con amianto y un registro de empresas y profesionales capacitados.
5. Y si vendo sin certificado
No entregarlo está tipificado como infracción leve, con multa de 100 a 3.000 euros según la ley, aunque el Colegio Notarial de Cataluña señala que la aplicación del régimen sancionador queda pendiente del desarrollo reglamentario. No anula la compraventa ni impide escriturar, pero el notario advertirá de la obligación incumplida. El comprador puede renunciar a recibirlo, pero lo sensato es tenerlo preparado.
6. Consejos prácticos para tu venta
- Pídelo con antelación. Basta con tenerlo antes de formalizar el contrato, pero encargarlo al poner el piso en venta evita retrasos en notaría.
- Comprueba el año de construcción: la certificación catastral descriptiva y gráfica lo acredita.
- No tiene un período de vigencia establecido; si alquilas varias veces sin modificar el inmueble, puede reutilizarse.
- Guárdalo con el resto de la documentación de la venta: cédula de habitabilidad, certificado energético y nota simple.
En VENDOPOR Inmobiliarias preparamos contigo la documentación antes de anunciar, para que la venta no se frene en el último tramo. Si tu piso es anterior a 2002 y quieres vender o alquilar, consúltanos sin compromiso: llámanos al 607 33 83 37 o escríbenos a oficina@vendopor.com.
Contenido revisado el 3/11/2026. La Ley 8/2026 está pendiente de desarrollo reglamentario; actualizaremos este texto cuando se apruebe. La normativa y los trámites pueden cambiar; si tu caso tiene particularidades, consúltanos y lo revisamos con el asesoramiento que corresponda.
