¿Puede la comunidad obligarte a cambiar las ventanas?

¿Puede la comunidad obligarte a cambiar las ventanas?

El cambio de ventanas en una comunidad de vecinos suele generar dudas, ya que implica aspectos legales y económicos que afectan a todos los propietarios. Desde VENDOPOR Inmobiliarias, analizamos lo que dice la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) y las posibles situaciones en las que podrías estar obligado a realizar este tipo de obras.


¿Cuándo puede exigir la comunidad el cambio de ventanas?

La obligación de sustituir ventanas dependerá del motivo de la reforma y del tipo de obra a realizar:

1. Reformas estéticas o de eficiencia energética

  • Mayoría simple: Si el cambio busca unificar la estética del edificio o mejorar la eficiencia energética (como aislamiento térmico o acústico), la comunidad necesita el voto favorable de la mayoría simple de los propietarios en una junta.
  • Limitación de gastos: Según el artículo 17 de la LPH, los propietarios que no estén de acuerdo no estarán obligados a costear estas obras si el gasto supera las tres mensualidades ordinarias.

2. Obras de conservación o seguridad

  • Obligatorias para todos: Si las ventanas están en mal estado y afectan la seguridad o habitabilidad del edificio, el cambio se considera una obra de conservación esencial, según el artículo 10 de la LPH. En este caso, todos los propietarios están obligados a participar en los gastos, sin importar su opinión.

3. Subvenciones y ayudas públicas

Si la obra busca mejorar la eficiencia energética, el coste se reducirá aplicando posibles subvenciones, y la comunidad puede decidir si la derrama anual no supera las doce mensualidades ordinarias, lo que aumenta las probabilidades de ser aprobada.


¿Qué pasa con las ventanas en la fachada?

Las ventanas que forman parte de la fachada se consideran elementos comunes del edificio, lo que implica:

  • El mantenimiento y reforma se decide en junta y el gasto suele repartirse proporcionalmente.
  • Los estatutos de la comunidad pueden definir criterios específicos, como el diseño o el material permitido.

¿Es obligatorio pagar?

En términos generales:

  1. Obligatorio: Si la obra es necesaria para conservar la seguridad, la habitabilidad o cumplir con normativas.
  2. Opcional: Si se trata de una mejora estética o energética que no impacta directamente en la seguridad o funcionalidad del edificio y cuyo coste excede los límites establecidos.

Conclusión

Antes de oponerte o aceptar el cambio de ventanas, consulta los estatutos de la comunidad y los acuerdos de la junta. También es recomendable asesorarte con un abogado especializado en propiedad horizontal para garantizar que tus derechos y obligaciones estén claros.

¿Necesitas más información o ayuda con reformas en tu comunidad? En VENDOPOR Inmobiliarias estamos para orientarte.

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