El Precontrato de Compraventa: Un Compromiso de Confianza

La búsqueda de una vivienda es un viaje emocionante y lleno de expectativas. Una vez que has encontrado la casa de tus sueños y te has asegurado de que cumple con todas las garantías legales y técnicas, llega el momento de formalizar el acuerdo entre comprador y vendedor. Es aquí donde entra en juego el precontrato de compraventa, un documento que establece las bases de esta importante transacción.

Los Diferentes Tipos de Precontrato Existen varios tipos de precontratos, cada uno con sus propias características:

  1. Promesa de Compraventa: Este acuerdo detalla que, si no se completa la compra, ambas partes tienen el derecho de exigir el cumplimiento de lo pactado y reclamar daños y perjuicios ante los tribunales. Es un compromiso serio y un vínculo legal entre comprador y vendedor.
  2. Opción de Compra: Con este tipo de precontrato, se adelanta una cantidad, conocida como prima de reserva, que impide al vendedor poner la propiedad a la venta durante un período acordado. Es una forma de asegurarse de que nadie más puede adquirir la propiedad mientras se toman las decisiones finales.
  3. Contrato Privado: Este es un acuerdo directo entre comprador y vendedor, sin intermediarios. Aunque no se formaliza ante notario, lo que se establece en el contrato es legalmente vinculante. El vendedor se compromete a entregar la vivienda, y el comprador debe cumplir con el precio acordado.
  4. Contrato de Arras: Este es el tipo de precontrato más común. Implica el compromiso de ambas partes, y se realiza mediante el pago de una cantidad acordada, generalmente entre el 5% y el 10% del precio total. Este importe se descuenta del precio final de la compraventa.

Modalidades de Contrato de Arras El contrato de arras tiene tres modalidades:

  • Confirmatorias: En este caso, el comprador paga una suma de dinero como parte del precio total. Si una de las partes se retracta, la otra puede optar por exigir el cumplimiento del acuerdo o disolverlo a cambio de una compensación por los daños y perjuicios sufridos.
  • Penitenciales: Tanto el comprador como el vendedor pueden retractarse del acuerdo con una penalización. Si el comprador no sigue adelante, pierde la señal entregada al vendedor. Si es el vendedor quien se retracta, debe pagar el doble de la cantidad que el comprador depositó. Esta es la modalidad más común en las transacciones de compraventa.
  • Penales: Similar a la modalidad penitencial, pero en este caso, el contrato puede seguir siendo válido, y una de las partes puede exigir a la otra que cumpla con la obligación acordada mientras se busca una compensación por los daños y perjuicios.

El precontrato de compraventa es un paso fundamental en el proceso de adquisición de una propiedad. Representa un compromiso de confianza entre el comprador y el vendedor y garantiza que ambas partes cumplan sus obligaciones. Es un paso importante en tu camino hacia la realización de tus sueños de tener un nuevo hogar.

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