Desgranamos cuáles son y cómo se reparten los gastos y los impuestos que se deben pagar a la hora de heredar una propiedad.
El número de viviendas heredadas en España alcanzó cifras históricas en el primer semestre de 2023, según los últimos datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE). Durante este período, se registraron un total de 107,073 herencias, lo que representa la cifra más alta desde 2007.
Ante esta situación, es crucial entender cuáles son los impuestos y gastos asociados a la herencia de una vivienda y cómo deben repartirse entre los herederos según su grado de parentesco. Desde VENDOPOR Inmobiliarias analizamos todos estos aspectos y los posibles escenarios.
¿Qué gastos e impuestos se deben pagar al heredar un piso?
Para saber quién debe pagar los gastos de un piso heredado, es fundamental conocer exactamente cuáles son:
- Impuesto de Sucesiones y Donaciones: Este gravamen varía entre el 7,65% y el 34% sobre el valor del inmueble heredado, dependiendo de la Comunidad Autónoma.
- Plusvalía Municipal: El importe oscila entre el 10% y el 20% del valor catastral de la vivienda heredada.
- Gastos de Notaría y Registro de la Propiedad: Aproximadamente, estos gastos suman unos 1,300 euros.
¿Cómo se reparten los gastos e impuestos de un piso heredado?
El Código Civil regula las herencias en España. En caso de que el piso deba repartirse entre varios herederos, los gastos e impuestos que deban pagar dependerán de varios factores.
Porcentaje del piso heredado
Como norma general, los gastos e impuestos que los herederos deben pagar serán proporcionales a la parte del piso que les corresponda. Es decir, cada heredero pagará según el porcentaje de la propiedad que reciba, basado en lo estipulado en el testamento o en los posibles acuerdos entre ellos.
Una herencia siempre debe repartirse conforme a las indicaciones del testamento, o en ausencia de este, conforme al Código Civil, y requiere unanimidad. Según el artículo 660 del Código Civil, si el inmueble pasa a pertenecer a un único heredero (heredero universal), este deberá abonar todos los gastos e impuestos correspondientes. Si el inmueble se divide entre varios herederos, los gastos se repartirán de manera proporcional.
Lo habitual es que la herencia se divida a partes iguales entre todos los herederos, por lo que, en principio, todos deberán pagar el mismo importe en gastos e impuestos.
Grado de parentesco con el causante
El grado de parentesco con el causante (la persona fallecida) también influye en el importe de los gastos e impuestos. Cuanto mayor sea el grado de consanguinidad del heredero con el causante, menos se tendrá que pagar. En cambio, cuanto más lejano sea el parentesco, mayor será la cantidad a abonar.
El artículo 915 del Código Civil establece y delimita el parentesco y sus diferentes grados, que afectan el importe del Impuesto de Sucesiones:
- Grado 1: Descendientes y adoptados menores de 21 años.
- Grado 2: Descendientes y adoptados de 21 años o más, parejas de hecho, cónyuges, ascendientes y adoptantes.
- Grado 3: Colaterales de segundo grado (hermanos) y tercer grado (sobrinos y tíos). Ascendientes y descendientes por afinidad.
- Grado 4: Colaterales de cuarto grado (primos y otros grados).
Además del grado de parentesco, el importe del Impuesto de Sucesiones y Donaciones también depende de la Comunidad Autónoma donde residía el causante, no donde residen los herederos. Este tributo es de competencia autonómica y varía significativamente entre regiones.
Factores determinantes en el pago de gastos e impuestos
En resumen, y siempre según lo que establece el Código Civil, la cantidad que deben pagar los herederos de una propiedad dependerá de:
- El porcentaje de la herencia que les corresponde (aplicable a todos los gastos e impuestos).
- El grado de parentesco con el causante (aplicable al Impuesto de Sucesiones y Donaciones).
- La Comunidad Autónoma donde el causante tenía su vivienda habitual.
Este artículo busca proporcionar una guía clara y detallada sobre los gastos e impuestos asociados a la herencia de una vivienda en España, destacando cómo se distribuyen entre los herederos según diversos factores. Si necesitas más información o asesoramiento personalizado, no dudes en contactar con nuestros expertos en VENDOPOR Inmobiliarias. ¡Llámanos ahora al +34 607 338 337 para conocer más sobre nuestros servicios inmobiliarios y cómo podemos ayudarte!