¿Puedo Invitar a Mis Amigos a la Piscina Comunitaria si Estoy de Alquiler?

La Gran Pregunta de los Inquilinos con Piscina Comunitaria

Llega el verano y a todos nos apetece darnos un chapuzón. Quienes tienen piso con piscina comunitaria en estos meses de calor son unos auténticos privilegiados. ¡Qué envidia! Imagínate llegar a casa después de un día duro de trabajo y poder descansar al sol tras un refrescante baño en tu piscina comunitaria… Y todos sabemos que lo bueno, compartido, es mucho mejor.

Pero, ¿quién tiene derecho a usar la piscina comunitaria de una vivienda alquilada? Muchos inquilinos con piscina comunitaria se preguntan si pueden invitar a sus amigos. Bien, debes saber que en algunas comunidades es perfectamente posible invitar a personas ajenas a la comunidad a las zonas comunes, ya que no existe una regulación específica al respecto. Sin embargo, en otras comunidades, está prohibida la entrada a la piscina a los invitados ajenos a la finca.

Cómo Saber si Puedes Invitar a Amigos a la Piscina

Revisa los Estatutos de la Comunidad

En primera instancia, puedes preguntarle directamente a tu casero. Es muy probable que conozca las normas de uso de la piscina comunitaria. En caso de que las desconozca o prefieras asegurarte de tener toda la información, puedes averiguarlo consultando los Estatutos del régimen interno de la Comunidad de Propietarios.

Por lo general, como inquilino tendrás derecho de uso de los elementos comunes de la finca. Sin embargo, los horarios, las normas de seguridad y el régimen de visitas a zonas comunitarias como la piscina están regulados de acuerdo al consenso de la junta de propietarios por mayoría simple. Todos estos puntos se recogen en el reglamento de la comunidad, que puedes solicitar al propietario de la vivienda, al presidente o al administrador de la finca.

Acceso a la Piscina con Invitados: 3 Posibilidades en los Estatutos

La normativa de uso de las piscinas comunitarias la establece el Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre. En este documento se especifican los requisitos sanitarios que deben cumplir todas las piscinas. No obstante, las normas internas de horarios, aforo y otros aspectos de uso de las piscinas privadas de uso comunitario se especifican en los Estatutos de la Comunidad de Propietarios.

1. No hay Reglas para el Uso de la Piscina Comunitaria

Si en los Estatutos de la Comunidad no encuentras nada relacionado con la posibilidad de entrada de personas ajenas a la piscina comunitaria, podrás invitar a quien quieras a darse un chapuzón. Eso sí, siempre respetando el uso adecuado de las instalaciones y las normas de la piscina comunitaria (límites de aforo, uso de la piscina y las duchas, uso de hamacas…) y sin entorpecer el uso de la piscina al resto de propietarios. En caso de que los invitados causen daños en el material o instalaciones de la piscina, el inquilino será quien deba correr con los gastos de la reparación.

2. Está Prohibida la Entrada de Personas Ajenas a la Comunidad

Al revisar los Estatutos compruebas que la entrada de personas ajenas a la finca no está permitida. En este caso, deberás respetar la decisión de la comunidad de vecinos, por lo que no podrás invitar a amigos a la piscina. No obstante, si tuvieras familia o amigos que se están alojando en tu vivienda, podrías llegar a un acuerdo con el presidente de la comunidad, aunque dependerá de su decisión.

3. Hay un Máximo de Invitaciones por Vivienda

En algunas comunidades, puede existir la normativa de un número limitado de invitados por vivienda. Esta regla suele acordarse para evitar que el aforo de la piscina se desborde. Para asegurar que los vecinos cumplen con lo establecido, la comunidad puede controlar la afluencia de visitas con invitaciones o pases, aunque lo más habitual es delegar esta tarea al socorrista de la piscina, si lo hay.

¿Qué Hacer si No Puedes Invitar a Amigos a Tu Piscina Comunitaria?

Si en los Estatutos de tu Comunidad se prohíbe tanto a propietarios como a inquilinos el acceso a personas ajenas a la finca a la piscina comunitaria, poco podrás hacer. No obstante, siempre puedes hablar con el presidente o administrador de la finca para ver si en tu caso concreto pueden hacer una excepción si, por ejemplo, tienes a familiares viviendo en casa.

Todo es cuestión de dialogar para ver si pueden cambiar los Estatutos de la Comunidad o hacer una excepción en tu caso, aunque no es muy probable que se te permita la entrada de visitas a la piscina si así lo acordaron los vecinos en los Estatutos. No te quedará otro remedio que respetar las normas de la Comunidad si no quieres tener problemas con el resto de vecinos.


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